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Ofertas de trabajo mala fe de acuerdo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

en un juicio laboral en que el trabajador argumentó despido injustificado y demandó el pago de indemnización, salarios vencidos entre otras prestaciones. Al contestar la demanda, el patrón negó el despido alegado y ofreció el trabajo con un salario superior al que el trabajador había declarado que ganaba. La Corte resolvió la Contradicción de Tesis sobre el caso y determinó que la oferta de trabajo efectuada por el patrón debe calificarse de mala fe, cuando se proponga con un salario superior al que venía percibiendo el trabajador y el patrón al contestar la demanda, controvierte el señalado por dicho trabajador, sin haberlo acreditado en el juicio, solo con la intención de revertir la carga de la prueba y no de continuar la relación laboral.


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